Pensión de Alimentos

Autor Abogado Carlos Araya

La pensión de alimentos es un derecho que tienen ciertas personas en estado de necesidad para exigir los medios materiales necesarios para su subsistencia y bienestar. Este derecho consiste en la obligación de proporcionar a los parientes más cercanos los medios para satisfacer sus necesidades básicas, tales como alimentación, vestimenta, vivienda, educación, salud, y otros requerimientos que contribuyan al pleno desarrollo de la persona.

La obligación de pagar alimentos puede surgir de un acuerdo entre las partes o como consecuencia de una demanda presentada ante el Juzgado de Familia. Es importante tener en cuenta que el monto de la pensión debe establecerse de manera objetiva, tomando en cuenta la capacidad económica del obligado y las necesidades de la persona que los recibe. Además, el monto de la pensión no podrá exceder el 50% de los ingresos del alimentante.

Ahora, cuando los obligados a proporcionar alimentos se encuentran en el mismo grado de parentesco respecto al alimentario, como es el caso de los padres respecto a sus hijos, aquel que tenga una situación económica más favorable deberá contribuir en mayor medida a las necesidades del beneficiario de alimentos. También es importante mencionar que la obligación de pagar alimentos no solo recae sobre los padres, sino que también puede ser exigida a otros parientes cercanos, como hijos, abuelos, cónyuges y hermanos.

En el caso de incumplimiento de la pensión alimenticia, la ley establece diversas medidas para obligar al deudor a cumplir con su obligación de pago. Estas medidas incluyen el arresto del deudor, la suspensión de su licencia de conducir, la presentación de una demanda ejecutiva, la retención judicial de parte del salario, el arraigo (prohibición de salir del país), la retención de la devolución de impuestos, y otras sanciones como multas y privación de derechos y facultades.

¿Que personas pueden solicitar pensión de alimentos?

La ley establece que ambos cónyuges tienen la responsabilidad de proveer para las necesidades de la familia, teniendo en cuenta sus capacidades económicas, y el régimen de bienes que hayan acordado. Es importante tener en cuenta que, en el caso de una separación judicial, la obligación alimentaria sigue existiendo, pero en el caso de una anulación o divorcio, esta obligación se extingue.

El efecto más común que los hijos soliciten alimentos a través de los juzgados de familia. Esta obligación de proporcionar alimentos continúa hasta que el hijo tenga 21 años de edad, o 28 años si está estudiando para obtener una profesión u oficio.

Es importante tener en cuenta que la obligación de pagar alimentos a los hijos no se extingue si el hijo o hija tiene algún tipo de discapacidad que le impide valerse por sí mismo, y continua hasta que la incapacidad termine. Además, el juez puede ordenar que se continúe pagando alimentos al hijo en caso de que considere que existen circunstancias extraordinarias que lo requieren.

Respecto a la pensión de alimentos a los padres y abuelos: La obligación de proporcionar alimentos es reciproca, lo que significa que tanto los padres como los hijos tienen el derecho de solicitar alimentos el uno del otro. Además, los abuelos tienen el derecho de solicitar alimentos de sus nietos en determinadas circunstancias.

Pensión de Alimentos a los hermanos: La Ley establece que también se deben alimentos a los hermanos. Al igual que en el caso de los hijos, esta obligación de proporcionar alimentos continua hasta que el hermano tenga 21 años o hasta que tenga 28 años sí está estudiando para obtener una profesión u oficio.

¿Que son las medidas de apremio por no pago de pensión de alimentos?

Las medidas de apremio son los mecanismos legales establecidos para garantizar el cumplimiento de la obligación de pagar la pensión de alimentos. Estos mecanismos incluyen la orden de arresto, el arraigo, la retención de la devolución anual de impuestos y la suspensión de la licencia de conducir. Con la dictación de la Ley 21.389 (Registro Nacional de Deudores de Alimentos) se han agregado nuevas medidas para obtener el pago de las pensiones de alimentos adeudadas. Es importante tener en cuenta que estas medidas están disponibles para garantizar el cumplimiento de la obligación de pagar alimentos.

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