El divorcio es el proceso que permite a los cónyuges poner término al matrimonio por haber finalizado la vida en común, o por haber incurrido el otro cónyuge en algún acto que haya atentado gravemente la vida en familia. Este segundo caso, el divorcio sólo podrá ser demandado por aquel cónyuge que no haya incurrido en la conducta.
¿Cuáles son los tipos de divorcios en Chile?
En Chile existe el Divorcio de mutuo acuerdo, el divorcio unilateral y el divorcio por culpa o culposo. Se debe tener en consideración que, para solicitar o demandar el divorcio, la ley exige representación por abogados.
El divorcio de mutuo acuerdo, es aquel que presentan de forma conjunta ambos cónyuges para poner término al matrimonio. Este divorcio será declarado por el juez cuando haya transcurrido, a lo menos, un año desde el cese de convivencia y se acompañe un «Acuerdo de Relaciones Mutuas»
El divorcio unilateral, es aquel que demanda uno de los cónyuges en caso de haber transcurrido a lo menos tres años desde que finalizó la convivencia. Respecto a este divorcio, si el demandante está obligado a pagar alimentos, deberá estar al día o presentar una fórmula de pago.
El divorcio por culpa procede en caso que se haya tornado intolerable la vida en común a consecuencia de una infracción grave en los deberes o obligaciones que impone el matrimonio. Entre los deberes del matrimonio se encuentran el deber de ayuda mutua, la fidelidad, el socorro, el respeto y la protección reciproca, entre otros.
Importa tener en consideración que se puede dar a lugar a este tipo de divorcio cuando uno de los cónyuges ha sido condenado por cometer algún crimen o simple delito que involucre una ruptura en la armonía conyugal, o incurrir en conductas asociadas a la Violencia Intrafamiliar, drogadicción o alcoholismo.